Contrato de compra

MAPERGO, S.A. DE C. V. 
R.F:C. MAP-001218-US9 
Domicilio Fiscal Los Remedios Mz 30, lote 10, Col. San Luis Tlatilco, Naucalpan 2a. Sección, C.P. 53390 Naucalpan de Juárez, Edo. Méx. Tels.: 5585-3524, 5585-5333, E-mail: info@mueblespergo.com www.mueblespergo.com 

CONTRATO DE COMPRA VENTA AL CONTADO DE MOBILIARIO DE LINEA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE MAPERGO COMO "EL PROVEEDOR" Y POR LA OTRA PARTE COMO "EL CONSUMIDOR" CUYOS NOMBRES Y DATOS CONSTAN EN LA CARÁTULA DE ESTE CONTRATO COMO PARTE INTEGRAL DEL MISMO, SUJETANDOSE AL TENOR DE LAS SIGUIENTES: 

CLAÚSULAS 

PRIMERA.- El objeto del presente contrato es la compra venta del mobiliario descrito en la caratula. 

SEGUNDA.- EL PROVEEDOR se obliga a entregar el mobiliario objeto del presente contrato en el domicilio indicado en la carátula según lo solicitado por EL CONSUMIDOR. EL PROVEEDOR será responsable de la perdida, daño o deterioro que sufra el mobiliario en caso de que este se obligue a entregarlo en el domicilio del CONSUMIDOR. En caso de que EL CONSUMIDOR recoja el mobiliario en el domicilio del PROVEEDOR, a partir de ese momento será responsable de la perdida, daño o deterioro que sufra el mobiliario. 

TERCERA.- EL PROVEEDOR se obliga a instalar el mobiliario objeto de este contrato, de acuerdo a lo solicitado por EL CONSUMIDOR, en la fecha establecida en la carátula del mismo. 

CUARTA.- El mobiliario objeto del presente contrato tiene una garantía de 60 días naturales contados a partir de la fecha de entrega del mismo para hacer efectiva esta garantía EL CONSUMIDOR deberá comunicarse con EL PROVEEDOR presentando por escrito el concepto de la reclamación. EL PROVEEDOR deberá dar cumplimiento a la garantía dentro de los 5 días naturales siguientes, sin costo alguno para EL CONSUMIDOR.  Únicamente se aceptarán cambios o devoluciones por daños o defectos de fábrica. Todos los muebles son únicos, por lo que pueden existir variaciones en color y textura de los mismos. 

QUINTA.- Los contratantes estarán de acuerdo en que el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente contrato originará a cargo del responsable una pena convencional equivalente al 15% del importe total de la operación en caso de ser EL PROVEEDOR quien incumpla, además de la pena convencional antes citada deberá devolver las cantidades pagadas por adelantado. 

SEXTA.- EL PROVEEDOR se obliga a entregar al CONSUMIDOR nota, factura o comprobante por concepto de anticipo, asi como al momento en que éste liquide el precio, especificando en cada caso el concepto por el cual recibe los pagos. 

SÉPTIMA.- EL CONSUMIDOR podrá formular por escrito cualquier reclamación, devolución y/o reembolso relacionado con el mobiliario objeto del presente contrato en el domicilio y en el horario señalado en la carátula de este contrato. De conformidad con lo señalado en los articulas 82, 92, y 93 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. 

OCTAVA.- La Procuraduría Federal del Consumidor es componente en la via administrativa para resolver cualquier controversia que se suelte sobre la interpretación o cumplimiento del presente contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón. 

Leído que fue por las partes el contenido del presente contrato y sabedoras de su alcance legal, lo firman por duplicado en la Ciudad de a los días de mes del año. 

EL PROVEEDOR EL CONSUMIDOR 


Este contrato fue aprobado y registrado por la Procuraduría Federal del Consumidor bajo el Número 4067-2011 de fecha 31 de mayo de 2011. Cualquier variación del presente contrato en perjuicio de EL CONSUMIDOR, frente al contrato de adhesión registrado, se tendrá por no puesta.